Quienes pueden ser asociados de FECONT?
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1. Profesionales de la contaduría pública que sean trabajadores, independientemente de la clase de contratación.
2. Profesionales en formación a partir del quinto semestre y que sean trabajadores, independientemente de la clase de contratación.
3. Profesionales de la contaduría pública pensionados.
4. Los trabajadores de “FECONT”
5. Las personas que se retiren de FECONT y posteriormente soliciten su reingreso.
De igual forma los aspirantes a asociados de “FECONT” deberán llenar los siguientes requisitos:
a) Ser legalmente capaz.
b) Presentar solicitud escrita y tener aprobación del Representante legal.
c) Comprometerse a cancelar los aportes y ahorros permanentes en la forma y términos previstos en el presente Estatuto y sus Reglamentos.
d) Autorizar a los pagadores de las respectivas empresas para que retenga de su ingreso mensual o mesada pensional con destino a “FECONT” la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica establecida en el presente Estatuto así como las demás obligaciones que contraiga con “FECONT”.
e) Debitar de su cuenta de ahorros o corriente la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica establecida en el presente Estatuto así como las demás obligaciones que contraiga con “FECONT”.
f) Consignar en las cuenta de “FECONT” la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica establecida en el presente Estatuto así como las demás obligaciones que contraiga con “FECONT”.
g) Las demás que estipulen los Reglamentos.
